sábado, noviembre 23, 2024

Amparo al IFDP para reglamentar desplazamiento en Chiapas sentará precedente para otras entidades

Genera un precedente importante y un impulso para que esta reglamentación se convierta en una Ley General: Anahí Ruelas

Agencia Imer | Ciudad de México

El amparo concedido al Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), que establece la obligatoriedad del gobierno de Chiapas para que emita el reglamento de la Ley para la prevención y atención del desplazamiento interno en la entidad, podría sentar un precedente para que otras entidades elaboren su reglamentación en la materia.

“Genera un precedente importante y un impulso para que esta reglamentación se convierta en una Ley General”.

Así lo declaró Anahí Ruelas, directora de Vinculación y Derechos Humanos de la Unidad de Litigio Estratégico en Derechos Humanos del IFDP, en entrevista con Alberto Nájar, en la primera emisión de IMER Noticias.

“Sin duda genera un precedente importante, primero en términos de las leyes que ya están especiales, pero necesitan un reglamento, que es Guerrero y, sin duda, también genera un impulso porque existe una iniciativa de ley general en materia de desplazamiento que fue aprobada por la Cámara de Diputados, pero todavía está pendiente desde el año 2020 en la Cámara de Senadores”.

“Ahora bien, sabemos que a partir de que se puede emitir una Ley General, pues los estados, las entidades al ser una… al ser México un país federal va a tener que elaborar su propia reglamentación”.

Ruelas recordó que desde 2019 se ha reconocido esta problemática en todo el país, con más de 380 mil personas desplazadas que han tenido que dejar sus lugares de residencia por factores como la violencia generalizada, la realización de proyectos de desarrollo, conflictos comunitarios y cambio climático.

Resultado del amparo otorgado por el Juez Tercero de Distrito de Amparos y Juicios Federales en Chiapas, en un primer momento se tendría que dar asistencia humanitaria, es decir, proporcionales alojo y alimentación urgente. En un segundo momento, brindarles atención integral, como apoyo psicológico; y en un tercer momento, se les tiene que dotar de una reparación del daño, “buscando soluciones duraderas, es decir, ponerle fin a su desplazamiento mediante un retorno seguro o una reubicación”.

De acuerdo con la directora del IFDP, la Ley de Chiapas contempla la existencia de un programa estatal de atención de los desplazados, así como un fondo estatal y un registro oficial para contabilizar cuántas personas se encuentran en esta situación, aunque se estima que ascienden a 10 personas tan sólo en esa entidad. Sin embargo, el estado ha sido omiso en la ejecución de esta.