El Poder Judicial determinó que se debe continuar con el pago post mortem a menos que exista un ordenamiento administrativo firme
Agencia Excélsior
Un juez de distrito dio un plazo de 24 horas para que Petróleos Mexicanos (Pemex) reintegre el pago de la pensión post mortem a María Amparo Casar, presidenta de Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad, a menos que exista un ordenamiento judicial o administrativo firme, en el que se haya ordenado la cancelación del pago de la pensión.
El impartidor de justicia dio a conocer la decisión a través de la lista de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), donde concedió la suspensión de plano, al argumentar que, una vez generado el derecho a percibir esos beneficios, constituyen derechos adquiridos tras el fallecimiento de Carlos Fernando Márquez Padilla García, y no pueden suspenderse unilateralmente por el patrón.
Se concede la suspensión de plano, para que se reintegre el pago de la pensión a los que tiene derecho (los faltantes y los que generen); a menos que exista ordenamiento firme jurisdiccional o administrativo, en el que se le hubiere respetado a la quejosa el derecho a la defensa, que ordenara la cancelación del pago de la pensión, ya que una vez generado el derecho a percibir esos beneficios, constituyen derechos adquiridos por los beneficiarios del extinto trabajador y no pueden suspenderse unilateralmente por el patrón”.
La decisión del impartidor de justicia representa una acción deliberada y no una simple omisión, ya que a la fecha no ha sido notificada, en modo alguno, de algún acto en el que Pemex ordene la suspensión del pago de la pensión post mortem.
Sin embargo, el impartidor de justicia se declaró incompetente para seguir conociendo la demanda de garantías de Amparo Casar, por lo que ordenó turnar el expediente a un juzgado en materia administrativa.
La demanda fue presentada ante el órgano jurisdiccional en la CDMX, y se le concedió la suspensión de plano del acto reclamado, lo cual no significa que el litigio ya haya sido resuelto.