Comunicado | Tuxtla Gutiérrez
El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) revocó los acuerdos emitidos por el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) en los que desechó, en el primero, la queja presentada por el partido político Morena, en contra del consejero electoral municipal de Jitotol; y en el segundo, la queja presentada por el Partido del Trabajo, en contra del capacitador asistente electoral local del Consejo Municipal de Simojovel, para el Proceso Electoral Local 2024.
Con referencia al Consejo Municipal de Jitotol, el partido Político Morena impugnó que la Comisión de Quejas y Denuncias del IEPC desechó la queja interpuesta, por presuntas irregularidades cometidas por las personas integrantes del Consejo, sin realizar un estudio exhaustivo de las pruebas y la investigación oficiosa de los hechos denunciados.
De lo anterior, el TEECH calificó infundados los agravios, pues la autoridad responsable pasó por alto su facultad investigadora y faltó al principio de exhaustividad. (TEECH/RAP/077/2024)
Respecto al Consejo Municipal de Simojovel, el Partido del Trabajo denunció el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del IEPC, en la que desechó la queja interpuesta en contra del capacitador asistente de dicho consejo.
En ese sentido, el Tribunal Electoral calificó fundado el agravio, porque si bien la Comisión estableció que el sujeto denunciado no pertenece a los integrantes de un Consejo Distrital y Municipal, por lo que debió pronunciarse sobre la incompetencia de dicha queja y reencauzar a la autoridad competente dentro del Instituto Electoral local. (TEECH/RAP/079/2024)