La creación de un Tribunal de Disciplina que podrá solicitar juicio político y la obligación de resolver casos sobre impuestos en medio año marcan una nueva para juzgadores
Agencia Excélsior
Por primera vez, los juzgadores que emitan sentencias contrarias al concepto de justicia del Ministerio Público o de las personas involucradas en un juicio serán juzgados y sometidos a cursos para que ajusten sus criterios a la nueva idea de justicia.
Además de la elección de ministros, magistrados y jueces a través del voto directo, la reforma al Poder Judicial crea un Tribunal de Disciplina para capacitar a los jueces y someterlos a evaluaciones, pero que también podrá dar vista al MP por la posible comisión de delitos e incluso solicitarles juicio político ante la Cámara de Diputados.
Ayer, el Senado de la República declaró la validez de la reforma constitucional, sin la presencia de los 42 senadores de oposición y luego del voto aprobatorio de 23 Congresos estatales.
Luego tocó el turno de la Cámara de Diputados, que en menos de nueve minutos, y también con la ausencia de los 134 legisladores del bloque opositor, dio por concluido el proceso parlamentario del cambio constitucional. La reforma fue enviada al titular del Ejecutivo federal, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Otro de los cambios en la nueva era que registrará el Poder Judicial en México es que todos los casos que involucren el pago de impuestos deberán que resolverse de inmediato, pues por primera vez los juzgadores tendrán un plazo máximo de seis meses para resolver los juicios que involucren el pago de contribuciones tributarias; quienes incumplan serán acusados ante las instancias disciplinarias.
Con información de Ivonne Melgar.
ARRANCA NUEVA ERA JUDICIAL EN MÉXICO
México estrena un Poder Judicial en el que por primera vez los juzgadores que emitan sentencias contrarias al concepto de justicia del Ministerio Público o de las personas involucradas en un juicio serán juzgados y sometidos a cursos para que ajusten sus criterios a la nueva concepción de justicia.
El Tribunal de Disciplina Judicial podrá aplicar a los jueces “medidas de fortalecimiento, consistentes en actividades de capacitación y otras tendientes a reforzar los conocimientos o competencias de la persona evaluada, a cuyo término se aplicará una nueva evaluación”.
Este nuevo Tribunal “podrá dar vista al MP ante la posible comisión de delitos y solicitar el juicio político de las personas juzgadoras electas por el voto ante la Cámara de Diputados”.
Además, los ministros de la Corte, los magistrados y los jueces serán electos en urnas por los ciudadanos, por lo que cesarán a los actuales juzgadores federales.
Sin la presencia de los 42 senadores de oposición, ayer, con el voto aprobatorio de 23 Congresos estatales, el Senado declaró la validez de la reforma constitucional del PJF.
Fueron los Congresos de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y CDMX los que avalaron la reforma y con lo cual impuso el récord de concretarse en sólo 58 horas, desde que fue aprobada por el Senado la madrugada del 11 de septiembre y fue declarada su validez ayer a las 14:36 horas.
La reforma crea el Tribunal de Disciplina Judicial, que “evaluará el desempeño de las magistradas y magistrados de Circuito y las juezas y jueces de Distrito que resulten electas en la elección federal que corresponda, durante su primer año de ejercicio. La Ley establecerá los métodos, criterios e indicadores aplicables a dicha evaluación”.
Tendrá la facultad para evaluar el trabajo de los magistrados y jueces, aunque no especifica si se refiere a los criterios jurídicos que aplican o a su comportamiento.
Detalla que “la ley señalará las áreas intervinientes en los procesos de evaluación y seguimiento de resultados, garantizando la imparcialidad y objetividad de las personas evaluadoras, así como los procedimientos para ordenar las medidas correctivas o sancionadoras”.
Esas medidas son “de fortalecimiento, consistentes en actividades de capacitación y otras tendientes a reforzar los conocimientos o competencias de la persona evaluada, a cuyo término se aplicará una nueva evaluación.
Y cuando la persona servidora pública no acredite favorablemente la evaluación, el Tribunal podrá ordenar su suspensión de hasta un año.
Transcurrido el año de suspensión sin acreditar satisfactoriamente la evaluación, el Tribunal resolverá la destitución de la persona servidora pública, sin responsabilidad para el PJ”; de esta manera, por primera ocasión los juzgadores tendrán un supervisor directo de sus acciones y no como ocurre ahora con el Consejo de la Judicatura Federal, que actúa en función de las quejas que recibe sobre las decisiones judiciales o el comportamiento de los juzgadores.
De igual manera, dispone de forma inédita que nadie podrá “interpretar” la reforma constitucional, sino que se deberá aplicar en apego al texto que contiene.
Lleva a nivel constitucional el criterio de que en los juicios de amparo, las acciones de inconstitucionalidad y las controversias constitucionales no se aplicará la suspensión de la norma impugnada con efectos generales.
Ayer, al fijar posición de la reforma, Gerardo Fernández Noroña, de Morena; Juanita Guerra y María del Rocío Corona, así como la petista Geovanna Bañuelos, resaltaron esta reforma como un logro inigualable del presidente Andrés Manuel López Obrador y el inicio de una nueva era de justicia verdadera para los mexicanos.
ACELERARÁN SENTENCIAS FISCALES; PREVÉN RESOLUCIONES INMEDIATAS
Tendrán un plazo máximo de seis meses para resolver los juicios que involucren el pago de contribuciones tributarias
Con la entrada en vigor de la reforma judicial, todos los casos que involucren pago de impuestos tendrán que resolverse de inmediato, pues por primera vez los juzgadores tendrán un plazo máximo de seis meses para resolver los juicios que involucren el pago de contribuciones tributarias, incluso dispone que los juzgadores que no cumplan serán acusados ante las instancias disciplinarias.
Los casos que están radicados en juzgados, colegiados y en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y que ya hayan rebasado esos seis meses, tendrán que ser resueltos de inmediato.
Ayer, la presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales del Senado, Ernestina Godoy, aseguró que es “notoriamente improcedente” la suspensión concedida para que la reforma judicial no se publique en el Diario Oficial de la Federación, porque “no lo prevé la legislación; en reformas constitucionales no se admite ese tipo de impugnaciones”.
Así, informó que será mañana cuando la reforma constitucional del Poder Judicial se publique en el DOF, con lo cual entrará en vigor el lunes 16 de setiembre.
El nuevo artículo 17 Constitucional establece en el segundo párrafo que “las leyes preverán las cuantías y supuestos en materia tributaria en las cuales tanto los Tribunales Administrativos, como las juezas y jueces de Distrito y Tribunales de Circuito del Poder Judicial de la Federación o, en su caso, la SCJN, deberán resolver en un máximo de seis meses, contados a partir del conocimiento del asunto por parte de la autoridad competente”.
Advierte que “en caso de cumplirse con el plazo señalado y que no se haya dictado sentencia, el órgano jurisdiccional que conozca del asunto deberá dar aviso inmediato al Tribunal de Disciplina Judicial y justificar las razones de dicha demora o, en su caso, dar vista al órgano interno de control tratándose de Tribunales Administrativos”.
Pero, además, incluso en artículo Noveno transitorio que “los procedimientos que al momento de la entrada en vigor del presente Decreto excedan de los plazos previstos en el párrafo segundo del artículo 17 y en la fracción VII del artículo 20 constitucional del presente decreto, deberán observar el procedimiento establecido en éstos”.
Hay diversos casos de disputa por pago de impuestos que están en diversos tribunales del país, así como en la Corte y algunos de ellos han generado la crítica directa del Presidente de la República, que ha señalado a ministros y a magistrados de proteger a los contribuyentes que se niegan a pagar los impuestos a los que están obligados.
LOS DIPUTADOS REMITEN ENMIENDA AL PRESIDENTE; SALE EN MENOS DE 9 MINUTOS
Menos de nueve minutos duró en San Lázaro la sesión en la que se dio por concluido el proceso parlamentario del cambio constitucional para elegir, por voto popular, a jueces, ministros y magistrados.
Enviada hace siete meses a los diputados, como parte de las 18 propuestas constitucionales que conforman el denominado plan C del presidente Andrés Manuel López Obrador, la reforma quedó lista ayer para su promulgación.
Y, acto seguido, regresó a manos de su autor, el titular del Ejecutivo federal, quien podrá, en el momento que lo decida, instruir su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Entonces, sus preceptos entrarán en vigor.
Sin mensajes ni posicionamientos, la breve sesión se realizó con la ausencia de los 134 representantes del PAN, PRI y MC. De un total de 364 diputados de Morena, PT y PVEM, asistieron 263.
La asamblea fue conducida por el vicepresidente de la Mesa Directiva, Sergio Gutiérrez Luna (Morena), quien pidió enumerar los 23 congresos estatales que avalaron el cambio. Y, en seguida, el morenista hizo la declaratoria de la reforma constitucional.
Los diputados vitorearon cada una de las entidades enumeradas y varios se acercaron a la tribuna mostrando carteles en los que se leía “El pueblo manda”. Se escuchó corear “¡La reforma va!” y “¡Sí se pudo!”.
En términos del artículo 135 constitucional se remite al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación”, dijo Gutiérrez Luna.
A coro, siguió la consigna acuñada por los petistas: “¡Reforma judicial, mandato popular!”.
Se citó al pleno para el próximo miércoles, cuando habrá de salir adelante una segunda reforma del plan C para pueblos indígenas y afromexicanos.
A la Mesa Directiva tampoco acudieron los representantes de la oposición.
La vicepresidenta del PAN Kenia López, junto con los diputados Héctor Saúl Téllez y Federico Döring, justificaron su ausencia porque el proceso legislativo, dijeron, no cumplió con los estándares mínimos de deliberación democrática, vulnerando el derecho de las minorías parlamentarias.
Y la secretaria Laura Ballesteros, de MC, informó que su bancada presentó una moción suspensiva por considerar que la reforma se aprobó “a través de un fraude a la Constitución y al Reglamento de la Cámara de Diputados”.