La iniciativa, que busca darle poder a la Profeco para sancionar a médicos y bancos, también considera sumar la protección de datos personales
Agencia Excélsior
La reforma para convertir a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en uno de los organismos del Estado más poderosos, al tener facultades para sancionar a médicos y a bancos, también busca que asuma algunas atribuciones del Inai, como la protección a los datos personales.
Impulsada por el morenista Ricardo Sheffield, la iniciativa de reforma incluye cambios a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, que es parte fundamental de las responsabilidades del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, para que ahora sean parte de una Profeco con más facultades.
La Profeco, para efectos de esta Ley, tendrá por objeto difundir el conocimiento del derecho a la protección de datos personales en la sociedad mexicana, promover su ejercicio y vigilar por la debida observancia de las disposiciones previstas en la presente Ley y que deriven de la misma; en particular aquellas relacionadas con el cumplimiento de obligaciones por parte de los sujetos regulados por este ordenamiento”, dice la iniciativa.
Indica que “los esquemas de autorregulación podrán traducirse en códigos deontológicos o de buena práctica profesional, sellos de confianza u otros mecanismos y contendrán reglas o estándares específicos que permitan armonizar los tratamientos de datos efectuados por los adheridos y facilitar el ejercicio de los derechos de los titulares. Dichos esquemas serán notificados de manera simultánea a las autoridades sectoriales correspondientes y a la Profeco”.
Detalla que “el procedimiento se iniciará a instancia del titular de los datos o de su representante legal, expresando con claridad el contenido de su reclamación y de los preceptos de esta Ley que se consideran vulnerados. La solicitud de protección de datos deberá presentarse ante la Profeco dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se comunique la respuesta al titular por parte del responsable.
Recibida la solicitud de protección de datos ante la Profeco, se dará traslado de la misma al responsable, para que, en el plazo de quince días, emita respuesta, ofrezca las pruebas que estime pertinentes y manifieste por escrito lo que a su derecho convenga.
“La Profeco admitirá las pruebas que estime pertinentes y procederá a su desahogo. Asimismo, podrá solicitar del responsable las demás pruebas que estime necesarias.
Concluido el desahogo de las pruebas, la Profeco notificará al responsable el derecho que le asiste para que, de considerarlo necesario, presente sus alegatos dentro de los cinco días siguientes a su notificación”, explica.
La iniciativa abunda en que “para el debido desahogo del procedimiento, la Profeco resolverá sobre la solicitud de protección de datos formulada, una vez analizadas las pruebas y demás elementos de convicción que estime pertinentes, como pueden serlo aquellos que deriven de la o las audiencias que se celebren con las partes”.
Y dice que “la solicitud de protección de datos podrá interponerse por escrito libre o a través de los formatos, del sistema electrónico que al efecto proporcione la Profeco”.