El senado de la república avaló la reforma a la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, que cambia la denominación del que anteriormente era el derecho de utilidad compartida
Agencia Excélsior
En medio de una guerra de cifras en torno a las ganancias del país a raíz de la apertura del sector petrolero a la inversión privada, el pleno del Senado aprobó ayer la reforma a la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, que transforma el pago del “derecho de utilidad compartida” en el nuevo “derecho petrolero para el bienestar”.
Ayer mismo, después de avalar la reforma con 85 votos en favor y 29 en contra, el pleno del Senado turnó la reforma al Ejecutivo federal, a fin de que ordene su publicación en el Diario Oficial de la Federación y entre en vigor a la brevedad.
Anualmente, los asignatarios deberán pagar el “derecho petrolero para el bienestar”, en función del “valor de los Hidrocarburos extraídos durante el ejercicio fiscal de que se trate, incluyendo el consumo que de estos productos efectúe el asignatario, así como las mermas por derramas o quema de dichos productos”.
Añade que “a cuenta del derecho a que se refiere el artículo 39 de esta ley se deben hacer pagos provisionales mensuales, a más tardar el día 25 del mes posterior a aquél al que correspondan los pagos provisionales; cuando el mencionado día sea inhábil, el pago se debe realizar al siguiente día hábil.
Los pagos provisionales mensuales se calculan aplicando la tasa que corresponda del artículo 39, al valor de los Hidrocarburos extraídos en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponda el pago.
Al pago provisional así determinado se le restan los pagos provisionales de este derecho efectivamente pagados en los meses anteriores correspondientes al ejercicio de que se trate, siendo la diferencia el pago provisional por enterar”, detalla.
La priista Claudia Anaya hizo una explicación detallada del cambio.
Queda claro cuando venimos a hablar hasta del chupacabras que no leímos el dictamen… actualmente en esta propuesta que nos hacen, en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, en el artículo 39 dice: los asignatarios deben pagar anualmente el impuesto petrolero para el bienestar, que será del 30% del valor de la extracción del hidrocarburo.
¿Cómo se cobraba anteriormente? Sí, era un 54%. Si vemos el contraste, a la mejor decimos que se está bajando mucho, pero no es el 54% sobre el valor del hidrocarburo, sino el 54% sobre la utilidad, entonces a la utilidad se tiene que restar el costo de la extracción, que es cada vez mayor, y ya sobre de eso se cobra ese porcentaje.
Entonces, si sumamos todos los derechos que estamos eliminando y contrastando con este 30% más el factor si es arriba o abajo del 57, nos vamos a dar cuenta que lo que estamos bajando en realidad es un 5%, pero, además, anteriormente se cobraba y se iba al Fondo Mexicano del Petróleo, y ahora este dinero se va al Fondo para seguir invirtiendo y eso está bien”, detalló.