miércoles, abril 30, 2025

Impugnan que el INE palomee candidaturas

El acuerdo del instituto para verificar si los aspirantes están involucrados en delitos está fuera de tiempo: Senado

Agencia Excélsior

El Senado impugnó el acuerdo del INE por el que se aprueba el procedimiento a seguir para constatar que las personas candidatas a cargos en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025 puedan estar involucrados en delitos y en las próximas horas presentará otra impugnación con los nombres de los candidatos que considera no deben ser elegidos por la población.

La impugnación la presentó el lunes 28 de abril y se refiere al acuerdo del INE que establece que se revisará que los candidatos al Poder Judicial de la Federación no incurran en los supuestos del artículo 38 constitucional, en sus numerales V, VI y VII, referentes a ser “prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal”.

A “tener sentencia ejecutoria que imponga como pena de suspensión de derechos y prerrogativas ciudadanas, y por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos”, como dice la Constitución.

El Senado argumenta que “si bien es cierto el Instituto Nacional Electoral es el máximo órgano encargado de organizar y los procesos electorales, resulta claro que también debe tener un papel de vigilante del mismo. En este sentido, el Acuerdo impugnado no está fundado y motivado al no garantizar el poder verificar los requisitos de idoneidad.

La naturaleza de fundamental otorgada a un derecho está relacionada con el bien jurídico protegido por el derecho, de modo que si se trata de bienes básicos entonces se está en presencia de un derecho fundamental”, dice.

El Acuerdo impugnado por el que presuntamente se verifican los requisitos de elegibilidad para el proceso electoral extraordinario 2024-2025 para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, se estima inconstitucional, inconvencional e ilegal. Ya que esta etapa ha quedado firme de conformidad con el principio electoral de definitividad de las etapas”, considera.

Recuerda que la “Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha reconocido que no se puede ordenar a los Comités de Evaluación regresar a una etapa que ya culminó.

Los Comités de Evaluación de los tres Poderes de la Unión se integraron con el fin de recibir las inscripciones, evaluar requisitos e idoneidad, elaborar listados de las personas mejor evaluadas y, finamente, enviar las listas depuradas a la autoridad que represente a cada Poder para su aprobación y envío al Senado. Con base en ello, los Comités de Evaluación terminaron su encargo constitucional en la fecha en que realizó la insaculación pública y que, consecuentemente, envió la lista de las personas insaculadas al Senado y este posterior al Instituto Nacional Electoral”.

Y pide que “el acuerdo que hoy se impugna se debe de dejar sin efectos, y la autoridad administrativa electoral deberá esperar al momento procesal oportuno para una posible confirmación de la idoneidad de las candidaturas”.