Los consejeros deben pagar 54 mil pesos por no suspender la organización de la elección judicial
Agencia Excélsior
Consejerías del INE exploran si se ampararán contra la multa que les aplicó un juez por 54 mil pesos por presunto desacato, si lo hacen de manera institucional, de forma individual, o de ambas maneras, aun cuando, hasta el mediodía del martes, no habían sido notificados de la sentencia.
El pasado lunes, previo a la sesión del Consejo General para aprobar las dos partes del presupuesto 2025, un juez de Colima ordenó a las consejerías pagar una multa por desacatar el amparo que otorgó con suspensión provisional, a fin de detener los trabajos de organización de la elección judicial.
Resulta que la Junta local de Colima notificó al juez, en representación del INE, que no podía suspender la organización de las elecciones judiciales, luego que el Tribunal Electoral reiteró al INE que los comicios no pueden suspenderse por ningún motivo, aunque no podía dejar sin efecto los amparos.
Hasta el último corte, el INE había recibido 260 notificaciones de sentencias de amparos, la mayoría interpuestos por ciudadanía y jueces del Poder Judicial.
El pasado 23 de octubre la sala Superior del Tribunal Electoral emitió una acción declarativa para que el INE continuara sus trabajos de organización de los comicios judiciales, que se realizarán el primer domingo de junio de 2025.
En contra del proyecto de Felipe de la Mata votaron los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón y, a favor, Felipe Fuentes Barrera y la magistrada presidenta Mónica Soto.